Valparaíso 9 de septiembre. Con amplio respaldo de parlamentarios de todos
los sectores políticos fue aprobado en la Cámara de Diputados el proyecto de
ley de la agenda corta de Seguridad Ciudadana, que facilita la aplicación
efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y
receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos.
La ministra de Justicia, Javiera Blanco, -quien estuvo acompañada
en la votación en sala por los subsecretarios de Justicia, Ignacio Suárez, y de
Prevención del Delito, Antonio Frey- valoró el respaldo de los legisladores a
la normativa; y destacó que se mejora la labor de las policías para el combate
y la persecución a diversos delitos.
“Como Ejecutivo, agradezco al (Poder) Legislativo en todas sus
instancias, nos hemos hecho cargo de la demanda ciudadana, al entregar una
señal potente en seguridad ciudadana, pero sobre todo, una señal que no es
populista, es una señal que va a hacer efectiva y eficiente en el uso de los
recursos y de los instrumentos legales porque están en el marco del imperio del
Derecho”, comentó Blanco.
La secretaria de Estado sostuvo que “con este proyecto vamos a
tener más herramientas de investigación, estamos modificando el Código Penal y
de Procedimiento Civil para permitirles a los fiscales y a las policías poder
recoger más evidencias algo que antes se limitaba; creemos que la seguridad
ciudadana tiene que ser una política de Estado y en esa tarea estamos
como Gobierno tanto el Ministerio de Justicia y el de Interior”.
La normativa en lo central tiene por objetivo aumentar la
capacidad de disuasión del sistema penal: restringiendo el efecto de la
aplicación de atenuantes y aumentando las penas para los reincidentes en
delitos contra la propiedad (robos, hurtos y receptación), entre otras.
Asimismo establece que los condenados por robos, hurtos y
receptación -especialmente los reincidentes- cumplan efectivamente las penas.
Principalmente a través de: dar mayor certeza respecto de las penas que
finalmente se aplicarán en este tipo de delitos; restringir la libertad
condicional: en los robos los condenados por estos delitos no podrán optar a
este beneficio sino una vez cumplidos 2/3 de la pena; e impedir puedan acceder
a penas alternativas para cumplir sus condenas.
“Es un logro poder concentrarnos en la población más refractaria
que son los reincidentes, ya que el 80% de los delitos es cometido por el 20%
de los infractores, y focalizar esa persecución con herramientas como las que
aprobamos hoy día, pero siempre con miras a entender que al final del camino
también hay una última etapa que es la de la rehabilitación”, detalló Blanco.
En otros aspectos, el proyecto permite una mayor eficacia del
sistema de persecución, a través de la eliminación de tareas administrativas
entregadas a Carabineros de Chile, para permitir que éstos se aboquen a la
labor persecutoria y de orden público.
La iniciativa también entrega nuevos recursos para el Banco
Unificado de Datos (BUD) lanzado en enero de este año al incorporar un artículo
sobre funcionamiento y administración del BUD Operativo, alojándolo en el
Ministerio Público.
Se establece un control preventivo de identidad para cautelar la
seguridad pública, con el objeto de resguardar los bienes jurídicos de las
personas permitiendo al personal policial efectuar el control de la identidad
de cualquier persona con el objeto de resguardar el orden y seguridad públicos.
Por otro lado, el proyecto de ley introduce, como contrapartida,
rendición de cuenta por parte de las policías incorporando elementos de
publicidad y transparencia de estos procedimientos que permitan a la ciudadanía
y a la autoridad vigilar su adecuado ejercicio.
“Lo
que esperamos y lo que vamos a monitorear es que efectivamente estas normas se
traduzcan en una persecución más eficiente en un impacto a tener mayores
niveles de seguridad en nuestro país”, finalizó la ministra de Justicia,
Javiera Blanco.
ASPECTOS CENTRALES DEL PROYECTO:
Modificaciones al Código Penal:
Se restringe el efecto de la aplicación de atenuantes en delitos
contra la propiedad[1]. Lo que se busca es
que se apliquen por parte de los jueces las penas que están establecidas en la
ley, limitando la rebaja de penas.
En el caso de los reincidentes en estos delitos, se aumenta la
pena aplicable.
Se aumentan las penas para los casos en que actúan grupos u
organizaciones detrás de receptaciones cuantiosas.[2]
Modificaciones al Decreto Ley N° 321, sobre libertad condicional:
Norma de 1925 que instaura el beneficio de Libertad Condicional a los
condenados. A través del actual proyecto se propone que:
Los condenados por delitos de robo (con fuerza, por sorpresa, con
violencia o de cajeros automáticos) sólo puedan solicitar libertad condicional
una vez cumplidos 2/3 de su pena[3].
Modificaciones a la ley N° 18.216 sobre penas sustitutivas y otros
cuerpos legales: esta norma, creada en 1983, permite al juez aplicar penas
sustitutivas[4] a las penas
restrictivas o privativas de libertad. En el proyecto de ley: Se establece que
todas las penas impuestas a un condenado deberán sumarse y con este resultado
apreciar si se aplica esta Ley. No se aplicarán beneficios por penas
consideradas aisladamente.
Para optar a los beneficios de esta ley, será obligatoria la toma
de muestras biológicas para establecer la huella genética de los condenados en
aquellos robos más violentos.
Se restringe la pena sustitutiva de reclusión parcial en el caso
de condenados a más de dos penas, aunque estas sumen menos de dos años.
Se modifica la ley N° 19.970, sobre Registro Nacional de ADN,
haciendo obligatoria la toma de muestra genética también a condenados por
delitos de robo con violencia y fuerza.
Modificaciones al Código Procesal Penal:
Aumento de capacidades de investigación: permitir a policías
examinar vestimentas en casos de detención; posibilidad de perseguir la
responsabilidad disciplinaria para el fiscal o abogado asistente que no
concurra a la primera audiencia de detención; consideración a las órdenes de
detención anteriores pendientes para efectos de conceder prisión preventiva;
posibilidad de acceso a lugares cerrados para impedir que se destruyan medios
de prueba o instrumentos de delitos, permite incautar evidencia en caso de delitos
flagrantes que no tengan relación con el delito actualmente perseguido, entre
otras.
Restringe el principio de oportunidad imposibilitando su
aplicación respecto de quienes se hubiere aplicado otro principio de
oportunidad, hubieren sido condenados anteriormente o beneficiado con una
suspensión condicional, todo ello dentro de los tres años anteriores al nuevo
hecho denunciado.
Modificaciones a otros cuerpos legales:
Modifica los procedimientos ante Juzgados de Policía Local,
restringiendo el trámite de notificaciones efectuadas por Carabineros sólo a la
primera actuación del juicio.
Se modifican las penas por delitos graves de lesiones y
mutilaciones a Carabineros, funcionarios de la Policía de Investigaciones y
Gendarmería de Chile cometidos en ejercicio de sus funciones y se establece, en
el caso de apelación de la prisión preventiva o de la ilegalidad de la
detención en estos delitos, que no se permitirán la puesta en libertad de los
imputados mientras no se resuelva por la Corte de Apelaciones dicha medida.
[1] Robos con Violencia o Intimidación, Robos con fuerza en las
cosas, Hurtos, Abigeatos y Receptaciones.
[4] Remisión Condicional; Reclusión parcial; Libertad vigilada;
Prestación de servicios a la comunidad, entre otros.
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